Micelio
Auto9 de octubre de 2024

A- de 2024

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Bernal Cano Natalia·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De Constitucionalidad
  • Rechazar por falta de carga argumentativa
  • Requisitos
Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Presupuestos formales y materiales de procedencia
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la Sentencia C-097/24.

La recurrente consideró que la Corte Constitucional con el precitado fallo violó totalmente, de manera evidente y manifiesta, los principios de imparcialidad judicial, de buena fe, de lealtad procesal, de libre acceso a la admiración de justicia; así como el principio de congruencia procesal entre lo pedido por el demandante y lo decidido por el juez, además del principio del debido proceso.

Concluyó la Corte que la solicitud de nulidad invocada en esta oportunidad no satisface el requisito de argumentación, porque con ella solo se planteó el desacuerdo de la solicitante con la decisión de inhibición y sus fundamentos, así como a su redacción o estilo argumentativo.

Con base en lo anterior, se RECHAZÓ la nulidad deprecada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR, por incumplir con el requisito de carga argumentativa, la solicitud de nulidad presentada por Natalia Bernal Cano en contra de la Sentencia C-097 de 2024, de conformidad con las razones expuestas en esta providencia.
  2. Segundo. ADVERTIR a la solicitante que en contra de esta providencia no proceden recursos.
  3. Comuníquese y cúmplase.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.